lunes, 20 de mayo de 2013

DUDAS


Queda inaugurado esta entrada como foro para debatir cualquier duda que tengáis de cualquiera de los contenidos vistos durante el curso.
Como ya sabéis  en él podéis contestaros y ayudaros entre vosotros mismos y además yo os contestaré a cada pregunta a la mayor brevedad posible.


Espero que no os de vergüenza, os animéis y no os quedéis con ninguna duda para el examen.
Mucha suerte !!!!!



domingo, 19 de mayo de 2013

Wiki Terminada


Hola chic@s os anuncio que ya se encuentra totalmente finalizada la wiki de la Unidad de Trabajo 6 que trata sobre la seguridad social, en dicha unidad  se están viendo muchos conceptos de la actualidad y por ello se esta realizando esta explicación en detalle.

Os recuerdo aunque se puede leer cuando entréis que los contenidos más importantes, que mucho de ellos aparecen en vuestros apuntes, se encuentran en negro destacando con subrayado y negrita los más relevantes. Que en color verde se encuentran los contenidos de ampliación que os animo a que los leáis ya que siguen siendo materia de examen.




                       



jueves, 2 de mayo de 2013

Opciones de estudio y trabajo en el extranjero

Buenas noches chic@s, 
como ya sabéis esta difícil encontrar trabajo en nuestro país y mucho más en la ocupación que nos guste y es complicad encontrar una empresa que no se aproveche de esta circunstancia y oferte unas condiciones dignas. Por eso en los últimos años ha aumentado el número de españoles que se marchan fuera como licenciados ,graduados o incluso sin estudios en busca de un futuro mejor.




Con esta entrada, no quiero animaros a que os marcheís del país, ni mucho menos
solo quiero presentaros un enlace donde aparecen todas las opciones tanto de estudio como laborales que podríais disfrutar si decidís marchar al extranjero. esto no quiere decir que sea la mejor opción, simplemente es otra más y siempre es buena conocerla.

http://www.airempleo.org/attachments/article/11/direccionesempleoextranjero.pdf

martes, 16 de abril de 2013

Solución a la Actividad 2 (U.T 6)

Esta era la Actividad 2:
Ha pasado unos meses y nuestra querida familia López, ha experimentado cambios que son los siguientes. Su hermana Sofía de 25 años se ha quedado embarazada, indica que tipo de prestación es y determina el periodo mínimo de cotización en su caso.  Su hermano David se encuentra en el paro y sus rentas anuales han sido del 65% del SMI y ha trabajo 200 días determina qué tipo de protección presenta e investiga que requisitos debe cumplir para obtener el subsidio. El padre ha ido al médico y le han diagnosticado Incapacidad permanente  y le han inhabilitado para cualquier profesión, indica que tipo de incapacidad permanente presenta. Su madre le ha sido determinado incapacidad temporal debido a una enfermedad común, investiga que periodo de carencia necesita y duración máxima de la prestación. Finalmente el abuelo de Carlos se ha jubilado en 2012 con 5500 días trabajados, investiga si esa situación es posible.






y esta era su solución:

Solución:
Sofía (la maternidad y situaciones similares) y su periodo mínimo de cotización a sus 25 años son de 90 días cotizados en los 7 años anteriores o bien 180 días cotizados a lo largo de su vida.
David (subsidio por desempleo), debería cumplir que sus rentas anuales no superen el 75% del SMI, no cumple los requisitos para acceder a la prestación contributiva ya que tiene 200 días cotizados y no 360 días cotizados. Sin embargo si tiene derecho a subsidio porque supera el mínimo exigido cuando no se tienen cargas familiares (180 días).
Su padre: presenta incapacidad permanente absoluta para todo trabajo (IPA).
Su madre: necesita un periodo de carencia de 180 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante y la duración máxima será de 12 meses prorrogables 6 más por el INSS.
El abuelo: su situación es posible ya que el límite esta en los 15 años o 5475 días.

viernes, 12 de abril de 2013

Solución a la Actividad 1 (U.T 6)

Esta era la Actividad 1


La familia López está teniendo un mes muy poco afortunado, por eso se pide que ayudes a esta familia con los conocimientos adquiridos en clase a clasificar los tipos de contingencias ya sean comunes o profesionales y los tipos de categorías de la familia de Carlos. El centro de la familia López es Carlos, que es el hijo pequeño de la familia que con sus 12 años, obviamente el aún no puede trabajar y acompaña a su padre en casa este mes, debido a qué este sufre la silicosis  ( que es una enfermedad pulmonar causada por la inhalación de hollín), pero esta semana ha visto como su casa se encuentra más concurrida ya que el lunes su madre que es enfermera se resbalo en la bañera de su domicilio con tan mala suerte que resulto lesionada imposibilitándola para  trabajar. Por otro lado, el martes su hermano David que se dedica al reparto a domicilio de pizzas sufrió un accidente con su moto que le provocó un esguince que le impide acudir al trabajo. Para colmo el miércoles su hermana Sofía, que trabaja de dependiente en un centro comercial se levantó con 40º de temperatura y él medio le diagnóstico gripe y le recomendó que no acudiera al trabajo.




y esta era su correspondiente solución:

Solución:
El padre estaría en la contingencia profesional y en la categoría de Enfermedad profesional.
El hermano estaría en la contingencia profesional y en la categoría de accidente de trabajo.
La madre estaría en la contingencia común y dentro de la categoría de accidente no laboral.
La hermana estaría en la categoría común y dentro de la categoría de enfermedad común.

martes, 9 de abril de 2013

Conceptos Básicos de la Seguridad Social II

Buenos días chic@s, como ya os anuncie en la clase anterior, quería que me buscarais un poco de información acerca de los contenidos que vamos a ver en la próxima sesión para que así os sea más entendible los conceptos que vamos a tratar. Para recordaros dicha labor, en a entrada anterior ya os puse un video acerca de las modalidades contributivas y no contributivas y os puse a prueba acerca de sí el video era adecuado o simplemente guardaba relación.

Hoy no es voy a poner ninguna prueba simplemente os recuerdo que podéis visitar la wiki para ver más información acerca de estos dos regímenes y sobre todo os animo a que realicéis una lectura pausada de quienes se incluyen en cada uno de ellos.

El video que aparece a continuación,  no es exactamente lo que vamos a tratar ya que se trata de otro país y hablan acerca del régimen general de la salud, pero si sigue la misma estructura de inclusión y además es contado por unos personajes que seguro que os son familiares. Os recuerdo que estos videos son de apoyo, referencia y de base pero no hablan de forma clara sobre la materia a tratar ya que no hay unos videos adecuados a los contenidos en la red. Toda la información más importante se encuentra tanto en la wiki como en los apuntes. Sin mas dilación, os adjunto el enlace:





lunes, 8 de abril de 2013

Conceptos Básicos De La Seguridad Social I

Hola chicos, esta entrada va a ser un poco diferente de las anteriores,
En la próxima clase profundizaremos en la sesión 2 de la U.T 6 sobre Seguridad Social y hablaremos sobre las modalidades contributivas y no contributivas. 

A continuación os pongo un caso real que me gustaria que analizaramos y me dierais vuestra opinión.


http://www.youtube.com/watch?v=oENjoYfVSJ4

y a continuación os adjunto otro video de este mismo autor por si quereis profundizar más






domingo, 7 de abril de 2013

Convenio Colectivo ( Diapositivas)

Hoy no vais a tener que leer tanto como ayer, os voy a recomendar unos enlaces que contienen unos pdf para que asentéis los conocimientos.

En el primero de ellos, aparece el convenio colectivo de trabajo para la administración pública nacional.
Dada su extensión no hace falta que lo leáis entero, simplemente que veáis su estructura y su diseño. Paso a poneros el enlace:
http://es.slideshare.net/guardaparquenacional/convenio-colectivo-5444806


En este otro enlace si hay unas breves diapositivas correctas sobre las características de los convenios colectivos, que viene bien que le echéis un vistazo.
http://es.slideshare.net/danny01/convenios-colectivos


Finalmente os pongo otro enlace sobre una propuesta de convenio colectivo por parte de la empresa un poco abusiva, y me gustaría que lo vierais para que comprendáis lo importante que es tener un convenio colectivo justo para evitar situaciones como las que aparecen en el enlace.
http://es.slideshare.net/alex_person/convenio-colectivo


sábado, 6 de abril de 2013

El Convenio Colectivo ( Definición)

Siguiendo con el entorno laboral en el que nos movemos. Hoy vamos a hablar sobre los convenios colectivos.

La negociación colectiva, la libertad sindical y los acuerdos de negociación son derechos constitucionales reconocidos desde la entrada de la democracia. Estos derechos, están regulados sucesivamente por la distinta legislación vigente. En materia de negociación colectiva, nos tenemos que dirigir al Estatuto de los Trabajadores en su título III, como norma que fija la estructura, condiciones y forma de los convenios colectivos.


Pero pasemos a definir que es un convenio colectivo, es un acuerdo escrito relativo a las condiciones de trabajo, sindicales y económicas, celebrado entre un empresario y los representantes de los trabajadores que tiene eficacia general en el mercado laboral. Mediante un convenio colectivo, se regulan las condiciones de trabajo y productividad entre empresarios y trabajadores y como contrapartida se pactan una serie de obligaciones recíprocas que acuerdan una paz laboral.


Los convenios colectivos obligan a empresarios y trabajadores afectados dentro de su ámbito de aplicación durante todo el periodo de vigencia del mismo. Para delimitar los ámbitos de aplicación, se distingue entre convenios de ámbito empresarial o inferior y convenios de ámbito supraempresarial.

Por otro lado se clasifica el ámbito en: 

· Geográfico o territorial: hace referencia al territorio en el cual el convenio será aplicable.
· Funcional: hace referencia a la rama o al sector de actividad al cual será aplicable.
· Personal: trabajadores a los que resulta aplicable.
· Temporal: duración o periodo de vigencia del convenio.

Para que un colectivo de trabajadores esté afectado por un convenio colectivo, tiene que encontrarse bajo la jurisdicción del Estatuto de los Trabajadores. Es decir, aquellos trabajadores que no le es de aplicación el ET, no tienen negociación colectiva como tal. Quedan excluidos del ámbito de negociación colectiva:

·         Funcionarios públicos.

·         Transportistas

·         Consejeros o miembros del Consejo de Administración de empresas.

·         Los trabajos familiares, o a título de amistad o buena vecindad, así como las   prestaciones personales obligatorias (cuidado de hijos o dependientes, etc.).

·         Los trabajos u operaciones mercantiles que asuman el riesgo y ventura de las mismas.

·         Trabajadores autónomos o por cuenta propia, salvo que se refleje algún artículo de manera concreta.


Los convenios colectivos tiene cláusulas de obligado cumplimiento para todas las empresas y trabajadores afectados dentro de las áreas de influencia. Por ello, se establece una jerarquía de cumplimiento de convenios colectivos en función de los rangos de aplicación. El nivel más alto dentro de la negociación colectiva se encuentra el convenio con carácter estatal, a posteriori autonómico y provincial.

En casos de grandes empresas, se pueden negociar convenios colectivos de igual rango que los anteriores en función de la expansión geográfica de la empresa y trabajadores afectados.

Por otro lado es importante comentar quienes negocian los convenios colectivos y ahí que decir que la potestad representativa para negociar un convenio colectivo viene delimitada por el ámbito de aplicación al que va dirigido.

Para los Convenios de empresa: son interlocutores válidos el comité de empresa, delegados sindicales o representantes de los trabajadores. En el caso que el convenio sea de aplicación a toda la empresa, los representantes sindicales que negocien tienen que tener la mayoría de representación de los trabajadores y el acuerdo expreso de representación dado por los trabajadores.

Para los convenios de rango superior : Negociarán sindicatos que tengan representatividad reconocida a nivel estatal, autonómico o provincial. También podrán integrar la comisión negociadora las sindicatos que ostenten con un 10% de representantes dentro de los comités de empresa afectados y por parte de las empresas, tendrán representación las asociaciones y organizaciones empresariales con representación reconocida en el ámbito de aplicación o aquellas asociaciones que cuenten al menos con un 10% de empresas afiliadas a las que les sea de aplicación el convenio.


Finalmente,Los convenios colectivos tienen que contener acuerdos que respeten la legislación laboral vigente en todos sus extremos. Como cláusula de inaplicación, se marcan acuerdos que sean contrarios a las leyes. La duración de un convenio colectivo será la que se pacte entre las partes, bien como duración global, bien como duración de determinados bloques. Es habitual negociar convenios con duraciones de 3 años pero con bloques de revisión en materia salarial anuales. Si no existe pacto sobre duración en el convenio, éste se entiende prorrogado por años hasta que una de las partes firmantes del mismo denuncie su cese.

En el momento que un convenio colectivo pierde su vigencia, las cláusulas obligaciones dejan de ser de obligado cumplimiento. Existe derogación tácita del convenio anterior al realizar la aprobación del siguiente convenio, salvo en las cláusulas que se refleje expresamente que se mantienen las condiciones anteriores.